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Reglamentación Grupos A y N

Para los amantes del rally que puedan estar interesados en los aspectos técnicos de la reglamentación vigente en 2007 respecto de los requisitos que han de satisfacer los vehículos de grupo A y N se adjunta a continuación copia de los reglamentos de CDI de la FIA.

GRUPO A

1.- DEFINICIONES
Vehículos de turismo de gran producción.

2.- HOMOLOGACIÓN
De estos vehículos deberán haberse fabricado, al menos, 2.500 ejemplares idénticos en 12 meses consecutivos. Todas las homologaciones válidas para Grupo N son válidas para Grupo A.

Un "World Rally Car" (WRC) es una variante de un modelo de vehículo determinado, homologado  previamente  en  Grupo A, y debe, por lo tanto, estar constituido como un Grupo A. Todos los elementos homologados en la ficha "World Rally Car" (WRC) deben usarse en su totalidad.

En caso de que un vehículo Grupo A participe en rallyes, sus características y dimensiones de sus piezas deben ser siempre inferiores o iguales a las características  y dimensiones  máximas  especificadas  para un vehículo WRC (esto no es aplicable en motores diesel con turbocompresores  de geometría variable).

Si un vehículo Grupo A originalmente no cumple con este punto, debe por medio de una extensión a la ficha de homologación, del tipo VO, ajustarse a las dimensiones y características especificadas para un vehículo WRC con el fin de tomar parte en rallyes.

3.- NÚMERO DE PLAZAS
Los vehículos de turismo deberán tener un mínimo de cuatro plazas.

4.- PESO
4.1.- Los vehículos están sujetos a la siguiente escala de pesos mínimos en función de su cilindrada (ver artículo 4.2 para la excepción):

En rallies:
Hasta   1.000 cm3   720 Kg
Más de   1.000 cm3      a   1.150 cm3   790 Kg
Más de   1.150 cm3      a   1.400 cm3   840 Kg
Más de   1.400 cm3      a   1.600 cm3   920 Kg
Más de   1.600 cm3      a   2.000 cm3        1.000 Kg
Más de   2.000 cm3      a   2.500 cm3        1.080 Kg
Más de   2.500 cm3      a   3.000 cm3        1.150 Kg
Más de   3.000 cm3      a   3.500 cm3        1.230 Kg
Más de   3.500 cm3      a   4.000 cm3        1.310 Kg
Más de   4.000 cm3      a   4.500 cm3        1.400 Kg
Más de   4.500 cm3      a   5.000 cm3        1.500 Kg
Más de   5.000 cm3      a   5.500 cm3        1.590 Kg
Más de   5.500 cm3   1.680 Kg

Para las otras pruebas:
Hasta   1.000 cm3      670 Kg
Más de   1.000 cm3      a   1.400 cm3      760 Kg
Más de   1.400 cm3      a   1.600 cm3      850 Kg
Más de   1.600 cm3      a   2.000 cm3      930 Kg
Más de   2.000 cm3      a   2.500 cm3        1.030 Kg
Más de   2.500 cm3      a   3.000 cm3        1.110 Kg
Más de   3.000 cm3      a   3.500 cm3        1.200 Kg
Más de   3.500 cm3      a   4.000 cm3        1.280 Kg
Más de   4.000 cm3      a   4.500 cm3        1.370 Kg
Más de   4.500 cm3      a   5.000 cm3        1.470 Kg
Más de   5.000 cm3      a   5.500 cm3        1.560 Kg
Más de   5.500 cm3      1.650 Kg

4.2.- En rallies, para los vehículos de cuatro ruedas motrices, con un motor atmosférico de una cilindrada entre 1.600 y 3.000 cm3, o bien con un motor con turbocompresor y una brida impuesta por el artículo 5.1.8.3,  y una cilindrada equivalente menor o igual a 3.000 cm3, el peso mínimo se fija en 1.230 Kg.

4.3.-  Este es el peso real del vehículo, sin piloto ni copiloto, ni su equipamiento y con un máximo de una rueda de repuesto.
En el caso en el cual se lleven a bordo dos ruedas de repuesto, la segunda rueda deberá retirarse antes del pesaje.
En ningún momento de la prueba, un vehículo podrá pesar menos que este peso mínimo. En caso de disputa durante el pesaje, debe retirarse todo el equipamiento del piloto y copiloto, incluyendo el casco, pero los auriculares externos al casco podrán dejarse en el vehículo. En caso de duda, y excepto en rallies, los Comisarios Técnicos podrán vaciar los depósitos que contengan líquidos consumibles para comprobar el peso.
Se permite utilizar lastre en las condiciones previstas  por  el  artículo  252.2.2  de  las "Prescripciones Generales".

4.4.- En rallyes únicamente, el peso mínimo del vehículo (bajo las condiciones del artículo 4.3) con el equipo a bordo (piloto + copiloto +  equipamiento completo del piloto y el copiloto) será: Peso mínimo definido por el art. 4.1 + 150 kg.
Para vehículos con cuatro ruedas motrices, en rallyes, con motor atmosférico de cilindrada comprendida entre 1600 y 3000 cm3, o motor  turboalimentado  con  una  brida impuesta por el artículo 5.1.8.3 junto con una cilindrada equivalente igual o inferior a 3000 cm3, el peso mínimo del vehículo (bajo las condiciones del artículo 4.3) con el equipo a bordo (piloto + copiloto +  equipamiento completo del piloto y el copiloto) será:  1380  kg.  En  cualquier caso, el peso definido por los artículos 4.1, 4.2 y 4.3 debe respetarse también.

5.- MODIFICACIONES Y ADICIONES AUTORIZADAS:
GENERALIDADES:
Independientemente de las piezas para las que el presente artículo prevé libertad de modificación, las piezas mecánicas de origen necesarias  para  la  propulsión,  así  como todos los accesorios necesarios para su funcionamiento normal, y excepto toda pieza de la dirección, de los frenos o de la suspensión, que hayan sufrido todas las fases de fabricación previstas por el constructor para la producción en serie, pueden ser objeto de todas las operaciones de puesta a punto por acabado o rascado, pero no sustituidas. En otras palabras, bajo reserva de que se pueda establecer indiscutiblemente el origen de la pieza de serie, esta podrá ser rectificada, equilibrada, ajustada, reducida o modificada por mecanizado. Además se autorizan los tratamientos  químicos y  térmicos.  Sin embargo, las modificaciones definidas en el párrafo  anterior están  autorizadas  con  la condición  de  que  respeten  los  pesos  y dimensiones  mencionados  en  la  ficha  de homologación.
Tornillos y tuercas: En todo el vehículo, toda tuerca, bulón o tornillo,  podrá reemplazarse por otra tuerca, bulón o tornillo y tener cualquier tipo de bloqueo (arandela, contratuerca, etc.).
Adición de material y de piezas: Está prohibida cualquier adición o fijación de material o de piezas si no está expresamente autorizado por un artículo de este reglamento. El material retirado no podrá reutilizarse. Se permite restaurar la forma de la carrocería y la geometría del chasis, después de un accidente, añadiendo los materiales necesarios para llevar a cabo la reparación (masilla, metal aportado por soldadura, etc.); otras piezas que estén desgastadas o dañadas no podrán repararse por adición de material, a menos que un artículo de este reglamento lo autorice.

5.1.- MOTOR.

5.1.1.- Bloque-Culata:
Se permite cerrar las aberturas no utilizadas en el bloque y en la culata, si el único fin de esta operación es el tapado.
Se  permite  un  rectificado  máximo  de  0,6 mm en relación al diámetro de origen, sin que esto entrañe el sobrepasar el límite de cilindrada para su clase.
Se permite encamisar el motor,  en las mismas condiciones que el rectificado, y puede modificarse el material de las camisas.
Se permite el planificado del bloque y de la culata.
En el caso de motores rotativos, las dimensiones de los conductos de admisión y de escape en el bloque son libres, a condición de respetar las dimensiones originales de los orificios de entrada de la admisión y de salida del escape.
Las  camisas  deben  ser  de  sección  circular interna y coaxial con cilindros, secas o húmedas y diferentes entre ellas.

5.1.2.- Relación de compresión: Libre.

5.1.3.- Junta de culata: Libre.

5.1.4.- Pistones: Libres, así como los segmentos, los bulones y sus blocajes.

5.1.5.- Bielas, cigüeñal:
Aparte de las modificaciones permitidas por el anterior párrafo "Generalidades", el cigüeñal y las bielas de origen pueden ser objeto de un tratamiento mecánico adicional diferente al previsto para las piezas de serie.

5.1.6.- Cojinetes:
La marca y el material son libres, pero deben conservar el tipo y las dimensiones de origen.

5.1.7.- Volante de inercia:
Se puede modificar de acuerdo con el anterior párrafo "Generalidades", bajo reserva de que sea aún posible reconocer el volante de origen.

5.1.8.- Alimentación:
Los dibujos I y II de la ficha de homologación de Grupo A/B deben respetarse.
El cable del acelerador y su funda son libres. El filtro de aire así como su caja son libres. Para un motor atmosférico, la cámara de tranquilización es libre aunque debe estar montada en el compartimento motor.
El filtro de aire así como su caja pueden retirarse,  desplazarse  en  el  compartimento motor o reemplazarse por otro. (Ver dibujo 255-1).




En Rallyes solamente, es posible cortar una parte de la pared situada en el compartimento motor para el montaje de uno o más filtros de aire, o para la admisión de aire; no obstante, dichas aberturas deben limitarse estrictamente a las partes necesarias para esta instalación (ver dibujo 255-6).




Además, si la entrada de aire para la ventilación  del  compartimento  del  conductor está en la misma zona que la toma de aire para el motor, esta zona debe estar aislada de la unidad del filtro de aire, en caso de incendio.

El conducto entre el filtro de aire y el (o los) carburadores o el dispositivo de medición del aire (inyección) es libre.

Igualmente, el conducto entre al dispositivo de medición del aire y el colector de admisión o el sistema de sobrealimentación es libre.

Puede instalarse una rejilla sobre la entrada de aire.

Los elementos antipolución pueden eliminarse siempre que esto no de lugar a un incremento en la cantidad de aire admitido.

Las bombas de gasolina son libres, a condición de que no estén instaladas en el habitáculo, salvo si viniese así de origen; en este caso, la bomba deberá protegerse eficazmente.

Se pueden añadir al circuito de alimentación filtros de gasolina de una capacidad unitaria de 0,5 l.

El mando del acelerador es libre.

Los intercambiadores e intercoolers de origen, o cualquier otro dispositivo  con  la misma función, deberán mantenerse y permanecer en su emplazamiento de origen, lo que  significa  que sus soportes  y  posición deben permanecer de origen.

Los conductos entre el dispositivo de sobrealimentación, el intercooler y el colector son libres (a condición de quedar en el

compartimento motor), pero su única función debe ser canalizar el aire y de unir varios elementos entre ellos.

Además, para un motor turbocomprimido el volumen total entre la brida y la(s) mariposa(s) no debe sobrepasar 20 litros.

En al caso de los intercoolers aire-agua, los conductos que conectan el intercooler y su radiador son libres, pero su única función debe ser canalizar el agua.

Cualquier  sistema  para  pulverizar  agua sobre el intercooler está prohibido. Cualquier sistema para inyectar agua dentro del colector de admisión y/o intercooler está prohibido.  Las dimensiones internas de las lumbreras son libres en las cámaras rotativas para los motores rotativos,  así como para los motores de 2 tiempos.

La polea del compresor de tipo "G" es libre. Para los rallies africanos solamente: Es posible hacer un orificio de un diámetro máximo de 10 cm en el capó para la alimentación de aire al motor, y colocar un tubo de un diámetro interior máximo de 10 cm (ver dibujo 255-13).




5.1.8.1.- Carburador:
Los carburadores son libres, respetando su número, su principio de funcionamiento y la conservación  de  su  emplazamiento. 

Además,  debe  conservarse  el  diámetro  y  el número de mariposas, como indica la ficha de homologación.

5.1.8.2.- Inyección:
Debe  conservarse  el  sistema  original  y  su tipo, como se especifica en la ficha de homologación del vehículo en cuestión (por ejemplo K-Jetronic), así como su emplazamiento. Se permite modificar los elementos del dispositivo de la inyección que regula la dosificación de la gasolina admitida en el motor, pero no el diámetro de apertura de la mariposa.

El dispositivo de medición del aire es libre. Los inyectores son libres, excepto su número, su posición, su eje de montaje y su principio de funcionamiento.

Las conducciones que los alimentan son libres. La centralita electrónica es libre en la medida que no incorpore más datos.

El regulador de presión de la gasolina es libre.

5.1.8.3.- Limitación en rallies:
El número de cilindros se limita a 6.
a)  Para motores atmosféricos, la cilindrada se limita como sigue:
- 3  l  máximo  para  dos  válvulas  por cilindro.
- 2,5 l máximo para más de dos válvulas por cilindro.

Todos los vehículos de dos ruedas motrices, con una cilindrada superior a 1.600 cc y que utilicen componentes homologados en una variante kit (VK), deberán estar equipados con una brida de admisión de acuerdo con su ficha de homologación.

b) En caso de utilización de motores sobrealimentados:
La cilindrada nominal se limita a un máximo de 2.500 cm3. El sistema se sobrealimentación debe ser como el del motor homologado.

Todos los vehículos sobrealimentados deben estar equipados con una brida fijada a la carcasa del compresor. Todo el aire necesario  para  la  alimentación  del  motor debe pasar a través de esta brida, que deberá respetar lo siguiente:

El diámetro máximo interior de la brida es de 34 mm mantenido sobre una longitud mínima de 3 mm, medido aguas abajo de un plano perpendicular al eje de rotación situado a un máximo de 50 mm aguas arriba de un plano que pase por los extremos más aguas arriba de los álabes de la rueda (ver dibujo 254-4).

Este diámetro debe respetarse independientemente de las condiciones de temperatura. El diámetro exterior de la brida a nivel del cuello, debe ser inferior a 40 mm, y debe mantenerse sobre una longitud de 5 mm a cada lado de este.
El montaje de la brida sobre el turbocompresor debe hacerse de tal manera que sea necesario retirar completamente dos tornillos del cuerpo del compresor, o de la brida, para poder desacoplar la brida del compresor. El anclaje por tornillos de punzón no está autorizado.
Para la instalación de esta brida, se permite retirar material de la carcasa del compresor, y añadirlo, con el único propósito de fijar la brida sobre la carcasa del compresor.
Las cabezas de los tornillos de fijación deben taladrarse para que puedan ser precintadas. La brida debe estar hecha de un único material y solo puede taladrarse con el fin de instalarla y precintarla, que debe poder hacerse entre los tornillos de fijación, entre la brida (o la fijación brida/carcasa del compresor), la carcasa del compresor (o la fijación carcasa/placa de cierre) y la carcasa de la turbina (o la fijación carcasa/placa de cierre) (ver dibujo 254-4).




Para vehículos con motores Diesel, la brida debe tener un diámetro interno máximo de 37 mm y una dimensión externa de 43 mm, en las  condiciones  fijadas  anteriormente  (este diámetro puede ser revisado sin previo aviso). En el caso de un motor con dos compresores en paralelo, cada compresor está limitado por  una  brida  con  un  diámetro  interior máximo de 24 mm, y un diámetro exterior máximo de 30 mm en las condiciones prescritas más arriba.
Esta  brida, obligatoria en rallies y en el Campeonato de Europa de Montaña, no está prohibida en otras pruebas, si un concursante decidiera utilizarla.

5.1.9.- Árbol(es) de levas:
Libres, salvo su número y el número de cojinetes; el calado de la distribución es libre. Está permitido añadir cojinetes a los apoyos pero su anchura no debe ser más grande que  aquella  de  los  apoyos  originales.  Las poleas, cadenas y correas para el arrastre de los árboles de levas son libres en cuanto al material, tipo y dimensiones. El material de los  engranajes  y  piñones  asociados  a  los árboles de levas es libre. El recorrido y el número de correas y cadenas es libre. Las guías y tensores asociados a estas cadenas y correas son igualmente libres, así como las tapas de protección.

5.1.10.- Válvulas:
El material y la forma de las válvulas es libre, así como la longitud del vástago de la válvula. Las dimensiones características, indicadas en la ficha de homologación, deben conservarse, incluyendo los ángulos respectivos de los ejes de las válvulas. La alzada de las válvulas es libre.

En el caso de motores rotativos, en lo que concierne a los orificios de la culata (parte interior del motor), solo deben respetarse las dimensiones que figuran en la ficha de homologación.

Las copelas, chavetas y guías (incluso si no existen de origen) no están sujetas a ninguna restricción. Se autoriza a añadir calas de espesor bajo los muelles.

El material de los asientos es libre.

5.1.11.- Balancines y empujadores:
Los balancines solo pueden modificarse conforme al artículo 5 "Generalidades" anterior. El diámetro de los empujadores, así como la forma de los empujadores y balancines son libres, pero los balancines deben ser intercambiables con los de origen.

Es  posible  usar  calas  de  espesor  para  el reglaje.

5.1.12.- Encendido:
La(s) bobina(s) de encendido, el condensador, el distribuidor, el ruptor y las bujías son libres, bajo  reserva  de  que  el sistema  de encendido (batería/bobina o magneto) sea el previsto por el constructor para el modelo considerado.

El  montaje  de  un  encendido  electrónico, incluso sin ruptor mecánico, está autorizado con la  condición  de  que ninguna pieza mecánica, excepto las  mencionadas  anteriormente, se modifique o cambie, con la excepción del cigüeñal, el volante de inercia o la polea del cigüeñal, para los cuales será posible una modificación limitada a añadir las piezas necesarias. Será posible cambiar un encendido electrónico por uno mecánico en  las  mismas  condiciones.  El número de bujías no puede cambiarse. El número de bobinas es libre.

5.1.13.- Refrigeración:
Bajo  reserva  de  que  esté  montado  en  su emplazamiento de origen, el radiador y sus soportes son libres, así como las canalizaciones que le unen al motor. Se puede montar una  pantalla  de  radiador.  El  ventilador puede cambiarse libremente, así como su sistema de funcionamiento, o retirarse. Se permite añadir un ventilador por función. No se aplica ninguna restricción al termostato.

Las dimensiones y el material de la turbina/ventilador son libres, así como su número. Se permite el montaje de un recuperador para el agua de refrigeración. El tapón del radiador puede bloquearse.

El vaso de expansión puede modificarse; si no existe de origen, puede añadirse uno.

5.1.14.- Lubricación:
El radiador, el intercambiador aceite-agua, las conducciones, el termostato, el cárter de aceite y el filtro de la bomba son libres, sin modificar la carrocería.

El número de filtros de la bomba es libre. La relación de desmultiplicación y los componentes internos de la bomba de aceite son libres.

La cantidad de flujo puede ser aumentada con respeto a la pieza de origen. La presión de aceite puede ser aumentada cambiando el muelle de la válvula de descarga. La carcasa de la bomba de aceite y su cubierta si hubiese, así como su  posición dentro del cárter deben permanecer de origen pero el interior de la carcasa y su cubierta si hubiese puede ser mecanizado.

Se autoriza el montaje de un tensor en la cadena de la bomba de aceite.

Se autoriza la adición de conducciones de aceite en el interior del bloque motor, esas conducciones pueden usarse para pulverizar aceite.  Dichas  conducciones  de  aceite  no deben tener una función estructural. Pueden tener una válvula de control de flujo sólo en el caso de que el bloque motor de serie la tenga (el número y tipo de válvulas debe ser idéntica a aquellas del bloque original de serie).

Sin embargo, la instalación de un radiador de aceite en el exterior de la carrocería solo está permitida por debajo del plano horizontal que pasa a través de los cubos de las ruedas y de tal forma que no sobrepase el perímetro general del vehículo visto desde arriba, tal  como se presenta en la línea de salida, sin modificar la carrocería.

El montaje de un radiador de aceite de esta forma no podrá dar lugar a la adición de una  estructura  envolvente  aerodinámica. Todas las tomas de aire deberán tener como única función aportar el aire necesario para la refrigeración del radiador, con exclusión de todo efecto aerodinámico.

La  presión  de  aceite  puede  aumentarse cambiando el muelle de la válvula de descarga.

Si el sistema de lubricación previera una salida al aire libre, esta debe estar equipada del tal forma que los reflujos de aceite se acumulen en un recipiente recuperador.
Este debe tener una capacidad de 2 litros para vehículos con una cilindrada igual o inferior a 2.000 cm3, y 3 litros para vehículos con una cilindrada superior a 2.000 cm3. Este recipiente será de plástico translúcido o tendrá una ventana transparente.
Es posible instalar un separador aire/aceite en el exterior del motor (capacidad máxima 1 litro), según el dibujo 255-3. El retorno del aceite del recipiente recuperador hacia el motor solo podrá hacerse por gravedad. Está autorizado el montaje de un ventilador para la refrigeración del aceite del motor, pero sin que esto implique ningún efecto aerodinámico.




Testigo de aceite:
Es libre pero debe estar presente en todo momento y no tener otra función. Puede ser desplazado en relación a su posición de origen.

Filtro de aceite:
El montaje de un filtro de aceite o de un cartucho en estado de funcionamiento es obligatorio y todo el caudal de aceite debe pasa por dicho filtro o cartucho.
El filtro o el cartucho es libre a condición de que sea intercambiable con el filtro o cartucho de origen.

5.1.15.- Motor:
Montaje-Inclinación y Posición: Los soportes son libres (salvo su número),  a condición de que la inclinación y la posición del motor en el interior de su compartimento no se modifiquen, y de que se respeten los  artículos 5.7.1. y 5-Generalidades. 

Los soportes podrán soldarse al motor y a la carrocería y su posición es libre.

5.1.16.- Escape:
Los dibujos III y IV de la ficha de homologación de Grupo A/B deben respetarse.
El dispositivo de escape es libre a partir de la salida del colector, a condición de que no se sobrepasen los niveles sonoros prescritos en el (o los) países atravesados por la prueba, si se trata de una prueba en carretera abierta.

La salida del escape debe efectuarse en el interior  del  perímetro  del  vehículo (ver Prescripciones Generales, artículo 252.3.6). Para los WRC, una aislamiento térmico eficaz debe ponerse alrededor del escape para evitar el excesivo calor del mismo, y canalizar posibles fugas hacia áreas mas frías del vehículo.
Para los vehículos con motor turboalimentado, el escape solo puede modificarse a partir del turbocompresor.
En el caso de motores rotativos, las dimensiones de los conductos en el colector de escape son libres, a condición de respetar las dimensiones originales de los orificios de entrada del colector.
Está autorizado el montaje de pantallas térmicas sobre el colector de escape, el turbocompresor y sobre el dispositivo de escape, pero su única función debe ser la protección térmica.

Motores atmosféricos:
El flujo de gases nuca debe modificarse por medio de dispositivos electrónicos o mecánicos.

Motores sobrealimentados:
El flujo de gases puede estar únicamente modificado  por  el  funcionamiento  de  la waste-gate  y/o el dispositivo  destinado  a inyectar aire fresco dentro del colector de escape.

5.1.17.- Poleas, correas y cadenas de arrastre de elementos auxiliares situados en el exterior del motor:
Las poleas, las cadenas y las correas para el arrastre de elementos auxiliares son libres en material, tipo y dimensiones. El recorrido y el número de correas y de cadenas es libre.

5.1.18.- Juntas: Libres.

5.1.19.- Motor-muelles:
No existen restricciones, pero deben conservar su principio de funcionamiento de origen.

5.1.20.- Motor de arranque:
Deberá mantenerse, pero la marca y el tipo son libres.

5.1.21.- Presión de sobrealimentación:
Esta presión puede modificarse por el artículo 5.1.19 y el artículo 5-Generalidades. La conexión entre la cápsula y la "waste-gate" puede hacerse regulable si no lo es de origen. El sistema original de funcionamiento de  la  "waste-gate" se puede  modificar  y hacerse ajustable, pero este sistema debe mantenerse. Un sistema mecánico debe permanecer mecánico,  un
sistema eléctrico debe permanecer eléctrico, etc.

5.1.22.- Tornillo de bloqueo:
Se permite utilizar un tornillo de bloqueo con el único fin de fijar una protección sobre el motor y sobre la culata. Este tornillo no debe utilizarse, de ningún modo, para fijar otros elementos.

5.2.- TRANSMISIÓN.

5.2.1.- Embrague:
El embrague es libre, pero la carcasa homologada debe conservarse, así como el tipo de mando. Los depósitos de liquido de embrague pueden fijarse en el habitáculo. En este caso, deben fijarse sólidamente y recubrirse de una protección estanca a los líquidos y al fuego.

5.2.2.- Caja de cambios:
No  se  autorizan las cajas de cambio con variador.
Se autoriza un dispositivo adicional de lubricación y  de refrigeración del aceite en las mismas condiciones que para  el  artículo 5.1.14 (bomba  de  circulación, radiador y tomas de aire situadas bajo el vehículo), pero debe conservarse el principio de lubricación de origen.
Sin embargo, una caja de cambios homologada como suplementaria, con una bomba de aceite, puede utilizarse sin esta bomba.
 
Se autoriza a montar un ventilador para la refrigeración del aceite de la caja de cambios, pero sin que esto implique  efectos aerodinámicos.

El interior de la caja de cambios es libre.
Las relaciones de cambio deben ser homologadas en Grupo A.
Los soportes de la caja de cambios son libres, excepto su número.

Podrá utilizarse:
.  El cárter de serie con las relaciones de serie o uno de los dos juegos de relaciones adicionales.
.  Una  de  las  carcasas  suplementarias únicamente con uno de los juegos de relaciones adicionales.

5.2.3.- Grupo final y diferencial:
Se autoriza a montar un diferencial de deslizamiento limitado, a condición de que pueda alojarse  en  la  carcasa  de origen,  sin  más modificaciones que las previstas en el anterior párrafo "Generalidades". Igualmente se permite bloquear el diferencial de origen. Debe mantenerse el principio de lubricación original del puente trasero. Sin embargo, se permite un dispositivo adicional de lubricación y refrigeración del aceite (bomba de circulación, radiador, y tomas de aire situadas bajo el vehículo) bajo las mismas condiciones que en el artículo 5.1.14.
Un radiador de aceite y/o una bomba de aceite pueden instalarse en el maletero (sin modificar la carrocería de serie) pero una mampara  impermeable  e  ignífuga  debe separarles de los ocupantes del vehículo.

Los soportes del diferencial son libres.
El uso de diferenciales activos, es decir, cualquier sistema que actúe directamente sobre los reglajes del diferencial (precarga, tarados.) está prohibido para todos los vehículos de dos ruedas motrices.
Para vehículos con cuatro ruedas motrices, los diferenciales y autoblocantes delantero y trasero deben ser conformes a lo siguiente:
.  Sólo se permiten sistemas completamente mecánicos.
.  EL autoblocante debe ser del tipo de discos y rampas.
Ninguno  de  los  parámetros  de  los diferenciales delantero y trasero pueden  ser  modificados  excepto  por medio  de herramientas  cuando  el vehículo está parado.
Para  vehículos  WRC,  solo  pueden emplearse  diferenciales  delantero  y trasero homologados.

5.2.4.- Las siguientes medidas son de aplicación a circuitos hidráulicos de vehículos WRC:
.  La presión hidráulica presente en las canalizaciones debe retornar a cero tan pronto como el motor se pare.
.  La presión nominal en las canalizaciones nunca debe exceder 150 bar.

5.2.5.- Árboles de transmisión:
Los árboles de transmisión en titanio están prohibidos.
A partir del 01.01.2006 los árboles longitudinales en titanio están prohibidos excepto en los  casos  excepcionales estudiados  en  el Grupo  de  Trabajo  Técnico  de  Rally  (Rally TWG).

5.3.- SUSPENSIÓN.
La posición de los ejes de rotación de los puntos de anclaje de  la  suspensión  a  las manguetas y a la carrocería (o chasis) debe permanecer invariada.
En al caso de una suspensión oleoneumática, las conducciones y las válvulas conectadas a las esferas (parte neumática) son libres.

5.3.1.-  Pueden montarse barras antiaproximación o antiseparación sobre los puntos de anclaje de la suspensión a la carrocería o al chasis de un mismo eje, a cada lado del eje longitudinal del vehículo.
 
La distancia entre un punto de anclaje de la suspensión  y un punto de anclaje de la barra no puede ser superior a 100 mm, salvo si se trata de una barra transversal homologada con la jaula y salvo en el caso de una barra  superior fijada  a  una suspensión McPherson o similar. En este último caso, la distancia máxima entre un punto de anclaje de la barra y el punto de articulación superior será de 150 mm (dibujos 255-4 y 255-2). Aparte de estos puntos, esta barra no debe anclarse sobre la carrocería o los elementos mecánicos.






5.3.2.- Se autoriza a reforzar los puntos de anclaje y el tren rodante,  por adición de material, pero unir dos piezas separadas para formar una está prohibido.

5.3.3.- Barra estabilizadora:
Las barras estabilizadoras homologadas por el constructor pueden reemplazarse o suprimirse, a condición de que sus puntos de fijación al chasis permanezcan invariados.
Estos  puntos  de  anclaje  pueden  utilizarse para la fijación de barras antiaproximación o antiseparación.
Sólo se permite el empleo de barras antibalanceo operadas mecánicamente.
El ajuste de las barras solo puede ser realizado por el piloto directamente, mediante un sistema exclusivamente mecánico sin alimentación exterior.
Cualquier  conexión  entre  amortiguadores está prohibida.
Se prohíben las barras antibalanceo de aleación de titanio.

5.3.4.-  Las articulaciones pueden ser de un material diferente al de origen.
Los puntos de anclaje de la suspensión sobre la carrocería o sobre el chasis pueden cambiarse:
.  Utilizando  una  rótula  "Uniball";  el brazo de origen puede cortarse y soldarse  un  nuevo  asiento para la "Uniball". Los distanciales se utilizarán del lado de la "Uniball".
.  Utilizando  un  tornillo  de  diámetro superior.
.  Reforzando el punto de anclaje por adición de material hasta un máximo de 100 mm del punto de anclaje.
La posición del centro de la articulación no puede cambiarse (ver dibujo 255-5).




5.3.5.-  Las dimensiones de los resortes son libres, pero no el tipo y el material (el cual debe ser un material ferroso, es decir 80% hierro); los asientos de los resortes pueden hacerse regulables o ajustables, incluso por adición de material.
Un muelle helicoidal puede cambiarse por dos, o más, muelles del mismo tipo, concéntricos o en serie, a condición de que puedan montarse sin otras modificaciones que las especificadas en este artículo.

5.3.6.- Amortiguadores:
La marca es libre, pero no el número, el tipo (telescópico, de brazo, etc.), el principio de funcionamiento  (hidráulico, de  fricción, mixto, etc.), ni los soportes. La comprobación del principio de funcionamiento de los amortiguadores será efectuada de la siguiente forma:
Una vez desmontados los muelles y/o barras de torsión, el vehículo debe caer por gravedad  hasta  el  tope del amortiguador en menos de cinco minutos.
Puede usarse un limitador de recorrido de suspensión.
Sólo se permite un cable por rueda, y su única función debe ser limitar el recorrido de la rueda cuando el amortiguador no esté comprimido.
Los amortiguadores de gas se considerarán, a efectos de su principio de funcionamiento, como amortiguadores hidráulicos.
En el caso de que para sustituir un elemento de suspensión tipo McPherson o de una suspensión que funcione de manera idéntica, sea necesario cambiar el elemento telescópico, las nuevas piezas deben ser mecánicamente equivalentes a las piezas de origen, excepto el elemento amortiguador y la copela del muelle.
Si  los  amortiguadores  tienen  depósito  de fluido separado localizado en el habitáculo, o en el maletero si este no está separado del habitáculo, estos deben estar fuertemente sujetos y deben estar recubiertos con una protección.
Puede usarse un limitador de recorrido de suspensión.
Sólo se permite un cable por rueda, y su única función debe ser limitar el recorrido de la rueda cuando el amortiguador no esté comprimido. Está prohibido cualquier servomando que active un circuito de potencia que actúe directa o indirectamente sobre los elementos de suspensión.
Se autoriza un sistema que permita modificar el tarado de los amortiguadores electrónicamente.
No está permitido ningún sistema electrónico de control de los amortiguadores.

5.3.7.- Portamanguetas:
Se prohíben los portamanguetas de titanio, excepto en casos excepcionales examinados por el Grupo de Trabajo Técnico de Rally.

 

5.4.- RUEDAS Y NEUMÁTICOS.
Las ruedas completas son libres a condición de que puedan alojarse en la carrocería de origen; esto significa que la parte superior de la rueda completa, situada verticalmente sobre el buje de la rueda, debe estar cubierta por la carrocería cuando la medición se realiza verticalmente. Las fijaciones de las ruedas por tornillos pueden cambiarse libremente por fijaciones de espárragos y tuercas. La utilización de neumáticos de motocicleta está prohibida.
En ningún caso el ancho del conjunto llantaneumático  podrá  exceder  de  los  valores siguientes en función de la cilindrada del vehículo:

En rallies:
Hasta   1.000 cm3   7"
Más de   1.000 cm3      a   1.150 cm3   7"
Más de   1.150 cm3      a   1.400 cm3   8"
Más de   1.400 cm3      a   1.600 cm3   8"
Más de   1.600 cm3      a   2.000 cm3   9"
Más de   2.000 cm3      a   2.500 cm3   9"
Más de   2.500 cm3      a   3.000 cm3   9"
Más de   3.000 cm3      a   3.500 cm3   9"
Más de   3.500 cm3      a   4.000 cm3   9"
Más de   4.000 cm3      a   4.500 cm3   9"
Más de   4.500 cm3      a   5.000 cm3   9"
Más de   5.000 cm3      a   5.500 cm3   9"
Más de   5.500 cm3      9"


Para las otras pruebas:

Hasta   1.000 cm3        7"
Más de   1.000 cm3      a   1.150 cm3        7"
Más de   1.150 cm3      a   1.400 cm3        8"
Más de   1.400 cm3      a   1.600 cm3        8"
Más de   1.600 cm3      a   2.000 cm3        9"
Más de   2.000 cm3      a   2.500 cm3        9"
Más de   2.500 cm3      a   3.000 cm3        9"
Más de   3.000 cm3      a   3.500 cm3   10"
Más de   3.500 cm3      a   4.000 cm3   10"
Más de   4.000 cm3      a   4.500 cm3   11"
Más de   4.500 cm3      a   5.000 cm3   11"
Más de   5.000 cm3      12"


Para los World Rally Car y los Kit Car, el diámetro de la llanta es libre, pero no debe superar 18".
Para los otros vehículos, el diámetro de la llanta  puede  aumentarse  o  disminuirse hasta en 2" en relación con la dimensión de origen. Sin embargo, el diámetro de la llanta no debe superar 18".
Adicionalmente, para todos los vehículos y sólo para pruebas de tierra, las dimensiones de las llantas se limitan como sigue:

.  Si la anchura de la llanta es menor ó igual a 6", el diámetro máximo está limitado a 16".
.  Si la anchura de la llanta es mayor que 6", el diámetro máximo está limitado a 15".

En rally, el diámetro máximo de las ruedas completas es de 650 mm, no incluidos los clavos, si se utilizan neumáticos con clavos. No es necesario que todas las ruedas sean del mismo diámetro.

Sólo en rallyes:

El magnesio forjado está prohibido para las ruedas con un diámetro inferior a 18''.

Para  llantas  de  8x18",  está  prohibido  el magnesio forjado y un peso menor a 7,8 Kg. En caso de fijar la rueda por una tuerca central, deberá colocarse un resorte de seguridad en la tuerca durante toda la prueba y debe sustituirse después de cada cambio de rueda. Estos resortes deben estar pintados en rojo "Dayglo". Los  resortes de recambio deben estar disponibles en todo momento.

5.5.- SISTEMA DE FRENADO.

El sistema de frenado es libre, siempre que:

.  Incluya al menos dos circuitos independientes mandados por el mismo pedal. (Entre el pedal del freno y las pinzas, los  dos circuitos deben ser identificables como separados, sin otra interconexión más que el repartidor mecánico de frenada.
.  No haya ningún dispositivo o 'sistema' montado entre el cilindro maestro y las pinzas.

Los sistemas de adquisición de datos, los interruptores de contacto para las luces posteriores, los limitadores mecánicos delanteros o traseros o los frenos de mano accionados directamente por el conductor no son considerados 'sistemas'.

5.5.1.- Forros de freno:
El material y la forma de fijación (remachado o pegado) son libres, a condición de que las dimensiones de los forros se conserven.

5.5.2.- Servofrenos, reguladores de frenada, dispositivos antibloqueo (limitador de presión):
Los servofrenos pueden desconectarse y retirarse; los reguladores de frenada y los dispositivos antibloqueo pueden desconectarse, pero no retirarse. El dispositivo de regulación es libre. Los reguladores de frenada no deben desplazarse del compartimento en el que  están  situados  de  origen  (habitáculo, compartimento motor, exterior, etc.

5.5.3.- Refrigeración de los frenos:
Las chapas de protección pueden retirarse o modificarse, pero no se puede añadir material.
Solo  se  permite  una  conducción  flexible para llevar el aire a los frenos de cada rueda, pero su sección interior debe poder inscribirse en un círculo de 10 cm de diámetro. Las canalizaciones de aire no pueden sobrepasar el perímetro del vehículo visto desde arriba.
Esta conducción puede ser duplicada, pero en dicho caso la sección interior de cada conducción debe ser capaz de contenerse dentro de un círculo de 7 cm de diámetro.

5.5.4.- Discos de freno:
La única operación permitida es el rectificado. Se permite montar un dispositivo de eliminación del barro acumulado en los discos de freno y/o las llantas.

5.5.5.-   El  dispositivo  de  freno  de  mano puede desmontarse, pero únicamente en las pruebas en un recorrido cerrado (circuitos, subidas de montaña, sláloms).
 
5.5.6.- Circuito hidráulico:
Se  autoriza  a  cambiar  las  conducciones hidráulicas  por canalizaciones de calidad aeronáutica. Los depósitos de  líquido  de freno pueden fijarse en el habitáculo. En este caso, deben fijarse sólidamente y estar recubiertos por una protección estanca a los líquidos y al fuego.

5.5.7.- Pinzas de freno:
Solo pueden usarse pinzas de freno homologadas en Grupo A.
Solo se autoriza una pinza por cada rueda. La sección  pistón de la pinza debe ser circular.

5.6.- DIRECCIÓN.
Se permite desconectar el sistema de dirección asistida.

5.6.1.-  Cualquier sistema de dirección que permita el realineamiento de más de dos ruedas está prohibido.

5.6.2.- Los sistemas de dirección asistida no pueden ser controlados electrónicamente. Ningún sistema puede tener otra función que la de reducir el esfuerzo físico requerido para girar el vehículo.
En el caso en el cual el vehículo de serie esté equipado de un sistema de dirección aistida controlado electrónicamente:
.  Si este tipo de sistema se mantiene, ningún  elemento de suspensión puede  modificarse, aunque la caja electrónica puede reprogramarse.
.  Se puede utilizar un nuevo sistema de dirección asistida a condición de que no esté controlado electrónicamente y de que sea homologado.

5.7.- CARROCERÍA-CHASIS.

5.7.1.- Aligeramientos y refuerzos:
Se permite reforzar las partes suspendidas del chasis y  la carrocería, a condición de que el material utilizado siga la forma original y esté en contacto con ella.
Se  autorizan  los  refuerzos por  materiales compuestos según este artículo, cualquiera que sea su espesor, según el dibujo 255-8. Puede retirarse el material de insonorización bajo el piso del vehículo, en el compartimento motor, en el maletero y en los pasos de rueda.




Los  soportes  no  utilizados (por ejemplo, rueda de repuesto) situados sobre el chasis/carrocería pueden eliminarse, excepto si son soportes de partes mecánicas que no pueden desplazarse o retirarse.
Es posible cerrar los orificios en el habitáculo, compartimento motor, maletero y en las aletas.  Los agujeros pueden cerrarse mediante chapa metálica o materiales plásticos.  Estos  pueden  soldarse, pegarse o remacharse. Los otros orificios de la carrocería únicamente pueden cerrarse con cinta adhesiva.

5.7.2.- Exterior.

5.7.2.1.- Parachoques:
Se pueden retirar las escudos.

5.7.2.2.-  Tapacubos  y  embellecedores  de rueda:
Los tapacubos pueden retirarse. Los embellecedores deben retirarse.

5.7.2.3.- Limpiaparabrisas:
El motor, la posición, las escobillas y el mecanismo son libres, pero al menos, deberá preverse un limpiaparabrisas sobre el parabrisas.  Se  permite  desmontar  el  dispositivo lavafaros. La  capacidad  del  depósito  del lavacristales es libre según el Art. 252.7.3 en el maletero o en el compartimento motor.

5.7.2.4.-  Se  autoriza  la  eliminación  de  las bandas decorativas exteriores, serán consideradas como tales, todas  las piezas  que sigan el contorno exterior de la carrocería y de una altura inferior a 25 mm.

5.7.2.5.-  Los puntos de levantamiento del gato pueden reforzarse, cambiarse de lugar, o aumentar su número.

5.7.2.6.- Se autoriza a montar protectores de faros, destinados exclusivamente a cubrir el vidrio de los faros, sin influir en la aerodinámica del vehículo.

5.7.2.7.-  Teniendo en cuenta los diferentes Reglamentos de Tráfico de cada país, la situación y el tipo de las placas de matrícula es libre.

5.7.2.8.- Los soportes de las placas de matrícula puede eliminarse, pero no su sistema de iluminación.

5.7.2.9.-  Pueden montarse fijaciones suplementarias de seguridad para el parabrisas y las ventanas laterales, a condición de que no mejoren las  cualidades aerodinámicas  del vehículo. Solamente pueden usarse los parabrisas de serie y los parabrisas homologados en VO que pesen más de 9.2 kg.

5.7.2.10.-  El montaje de protecciones inferiores solo está autorizado en rally, a condición de que sean efectivamente protecciones que respeten la altura al suelo, que sean desmontables y que estén concebidas exclusiva y específicamente con el fin de proteger los siguientes  elementos:  motor, radiador, suspensión, caja de cambios, depósito, transmisión,  escape, botellas  del  extintor. Las  protecciones inferiores pueden extenderse toda la anchura de la parte inferior del paragolpes delantero sólo por delante del eje delantero.

5.7.2.11.-  Se permite doblar los bordes de acero o reducir los perfiles de plástico de las aletas y los parachoques si penetran en el interior del paso de rueda. Las piezas de insonorización en plástico pueden retirarse de los pasos de rueda.

Estos elementos de plástico  pueden  cambiarse  por  otros  elementos  de  aluminio  o  de  plástico  de  la misma forma.
La fijación de las aletas por soldadura puede cambiarse por una fijación por pernos/tornillos.

5.7.2.12.- Se permite utilizar gatos neumáticos desmontables, pero sin botella de aire comprimido a bordo (solamente en circuitos).

5.7.2.13.- Las faldillas están prohibidas. Todo dispositivo o construcción no homologado, y que esté concebido de forma que cubra completa o parcialmente el espacio entre la parte suspendida del vehículo y el suelo está prohibido en todas las  circunstancias. Ninguna protección autorizada por el artículo  255.5.7.2.10 puede intervenir en la aerodinámica del vehículo.

5.7.2.14.- Las bisagras de las puertas no pueden modificarse.
Las bisagras o articulaciones del capó delantero, capó trasero y portón, son libres, pero no se permite cambiar su situación, ni añadir o cambiar sus funciones.

5.7.3.- HABITÁCULO.

5.7.3.1.- Asientos:
Se autoriza a retrasar los asientos delanteros, pero no más allá del plano vertical definido por el borde delantero del asiento trasero de origen. El límite relativo al asiento delantero está formado por la altura del respaldo sin apoyacabezas, y si el apoyacabezas está integrado en el asiento, por el punto más retrasado de los hombros del conductor.
El asiento del pasajero, así como los asientos traseros, pueden retirarse.

5.7.3.2.- En el caso de que el depósito estuviera instalado en el maletero y se hubieran retirado los asientos traseros, un panel ignífugo y estanco debe separar el habitáculo del depósito. En el caso de un vehículo de dos volúmenes, será posible utilizar  una pantalla no estructural de plástico transparente y no inflamable entre el habitáculo y el emplazamiento del depósito.
En los vehículos de dos volúmenes homologados desde el 01.01.98, con un depósito de combustible instalado en el maletero, una caja ignífuga y estanca debe rodear al depósito y sus orificios de llenado.
En los vehículos de tres volúmenes homologados desde el 01.01.98, un panel ignífugo y estanco debe separar el habitáculo  del depósito. No obstante, se recomienda que este panel estanco se sustituya por una caja estanca como en los vehículos de dos volúmenes.

5.7.3.3.- Salpicadero:
Los revestimientos situados por debajo de él, y que no formen parte del mismo, podrán retirarse.
Se permite retirar la parte de la consola central que no contiene ni la calefacción, ni los instrumentos (según el dibujo 255-7).




5.7.3.4.- Puertas-revestimientos laterales:
Se permite retirar el material de insonorización de las puertas, siempre que no se modifique su aspecto. En el caso de un vehículo de dos puertas, los revestimientos situados bajo las ventanas laterales traseras pueden también  retirarse, pero  deben  sustituirse por  paneles  hechos  de  un  material  compuesto.
a) Se permite retirar el guarnecido de la puerta así como la barra de protección lateral con el fin de instalar un panel de protección lateral construido en material compuesto. La configuración mínima de este panel deberá estar conforme con el dibujo 255-14.




b) Si la estructura original de puertas no se modifica (supresión aunque sea parcial de las barras o los refuerzos) las barras de protección lateral no se retiran, los paneles de las puertas pueden hacerse de chapa metálica de 0,5 mm de espesor mínimo, de fibra de  carbono de al menos 1 mm de espesor o de otro material sólido y no inflamable de 2 mm de espesor como mínimo.
La altura mínima de este panel debe extenderse desde la base de la puerta a la altura máxima de la traviesa de la puerta.
Se permite sustituir un elevalunas eléctrico por un elevalunas manual.

5.7.3.5.- Suelo:
Las alfombrillas son libres y pueden retirarse.

5.7.3.6.- Otros materiales de insonorización y guarnecidos:
Se permite retirar los materiales de insonorización y los guarnecidos, excepto los mencionados en los artículos 5.7.3.4 (Puertas) y 5.7.3.3 (Salpicadero).

5.7.3.7.- Sistema de calefacción:
El sistema de calefacción original puede quitarse pero un sistema eléctrico de desempañado o similar debe ser conservado.

5.7.3.8.- Dispositivo de climatización:
Se puede añadir o retirar, pero debe asegurarse la calefacción.

5.7.3.9.- Volante de dirección:
Libre; se permite eliminar el dispositivo antirrobo. El mecanismo de retirada rápida del volante debe consistir en un collarín concéntrico al eje del volante, coloreado amarillo por medio de anodización o cualquier otro revestimiento duradero, e instalado en la columna de dirección por detrás del volante. El sistema de retirada debe ser operado tirando del collarín siguiendo el eje de la dirección.

5.7.3.10.-  Se  autoriza  el  montaje  de  una jaula de seguridad (ver artículo 253. Cool.

5.7.3.11.- Se permite desmontar la bandeja trasera desmontable en los vehículos de dos volúmenes.

5.7.3.12.- Canalizaciones de aire:
El paso de canalizaciones de aire está permitido en la medida que esté destinado a la ventilación del habitáculo.

5.7.4.- ACCESORIOS ADICIONALES.
Se  autorizan, sin  restricciones, todos los accesorios  que  no  tengan  ningún  efecto sobre el comportamiento del vehículo, tales como los que afectan a la estética o a la comodidad interior (iluminación,  calefacción, radio, etc.). Estos accesorios no podrán, en ningún caso, ni siquiera indirectamente, aumentar la potencia del motor, o tener influencia sobre la dirección, la transmisión, los frenos o la estabilidad.
La función de todos los mandos deberá ser la prevista por el constructor. Se permite adaptarlos para hacerlos más utilizables o más fácilmente accesibles, como por ejemplo, una palanca del freno de mano más larga, una placa adicional en el pedal de freno, etc.

Se permite lo siguiente:
1) Las  ventanas  de  origen  del  vehículo homologado  pueden  modificarse  pero deben estar homologadas por la FIA y ser objeto de una ficha de homologación.
2) Los instrumentos de medida, velocímetros, etc., pueden instalarse o sustituirse, con  funciones  eventualmente  diferentes.  Tales instalaciones no deben entrañar riesgos. Sin embargo, el velocímetro no podrá retirarse, si el reglamento particular de la prueba lo prohíbe.
3) La bocina puede cambiarse y/o se puede añadir una bocina suplementaria  al alcance del pasajero. La bocina no es obligatoria en carreteras cerradas.
4) En el caso de accesorios suplementarios, los interruptores eléctricos y los controles  eléctricos fijados a  la columna  de dirección pueden cambiarse libremente, en lo que concierne a su uso, su posición y su número.
5) El mecanismo de bloqueo de la palanca de freno de mano puede cambiarse con el fin de obtener un desbloqueo instantáneo (freno de mano "fly-off").
6) La(s)  rueda(s)  de  repuesto  no  es(son) obligatoria(s). Sin embargo, en caso de haberla(s)  debe(n)  estar sólidamente fijada(s), y no puede(n) instalarse en el espacio reservado para el conductor y el pasajero delantero (si está a bordo) y no entrañar  ninguna  modificación  en  el aspecto exterior de la carrocería.
7) Se   permite   añadir   compartimentos suplementarios a la guantera y bolsillos adicionales en las puertas, siempre que se usen los paneles de origen.
CoolSe pueden añadir paneles de material aislante  sobre los paneles existentes para proteger a los pasajeros del fuego.
9) Se permite cambiar las articulaciones del sistema de mando de la caja de cambios. Cualquier captador de velocidad ha de ser mediante efecto Hall o inducido por una rueda dentada.

5.8.- SISTEMA ELÉCTRICO.

5.8.1.- La tensión nominal del sistema eléctrico, incluido el circuito de alimentación del encendido, debe mantenerse.

5.8.2.- Se permite añadir relés o fusibles al circuito eléctrico, así como alargar o añadir cables eléctricos. Los cables eléctricos y sus fundas son libres.

5.8.3.- Batería:
La marca y la capacidad de la(s) batería(s) son libres. Cada batería debe estar sólidamente fijada y cubierta para evitar todo cortocircuito o fuga de líquido.

Debe  mantenerse  el  número  de  baterías previsto por el constructor.

Si la batería se desplaza de su posición original, la fijación a la carrocería debe estar formada por un soporte metálico y dos abrazaderas metálicas con un revestimiento aislante anclados al suelo por medio de pernos y tuercas.

Para fijar estas abrazaderas se deberán utilizar pernos de un diámetro mínimo de 10 mm, y bajo cada uno, una contraplaca por debajo de la chapa de la carrocería de, al menos, 3 mm de espesor y, al menos, 20 cm de superficie.

Una   batería   electrolítica   deberá   estar cubierta por una caja de plástico estanca, con su propia fijación. Su situación es libre, pero si se coloca en el habitáculo, solo podrá hacerse por detrás de los asientos delanteros.  En este caso, y si se trata de una batería electrolítica, la caja de protección  deberá incluir una toma de aire con salida fuera del
habitáculo (ver dibujos 255-10 y 255-11). En el caso de que la batería situada en el habitáculo sea una batería seca, debe estar protegida eléctricamente por una  cobertura que la recubra completamente.




5.8.4.- Generador y regulador de tensión: Libres, pero no deben modificarse ni la posición, ni el sistema de arrastre del generador. El regulador de tensión puede desplazarse, pero no al habitáculo, excepto si estuviera allí de origen.

5.8.5.- Alumbrado-Señalización:
Los  sistemas  de  alumbrado  y  señalización deben estar conformes con la normativa vigente  del país de la prueba  o  con la Convención  Internacional sobre Tráfico. Teniendo esto en cuenta, se permite modificar la situación de las luces de señalización y de  posición, pero los orificios originales deben taparse. La marca de los aparatos de alumbrado es libre.
Los  aparatos de alumbrado que formen parte del equipo normal, deben ser los previstos por el constructor y en cuanto a su funcionamiento deben estar conformes a lo previsto por el constructor para el modelo considerado.

Los faros de origen pueden reemplazarse por otros que presenten las mismas funciones de alumbrado, siempre que no se recorte la carrocería y que se tape el orificio original.

Se permite modificar el sistema de funcionamiento de los faros escamoteables, así como su fuente de energía.

Se deja entera libertad en lo que concierne al vidrio de protección del faro, al reflector y a las lámparas. Los faros suplementarios están autorizados,  a condición de que el número total de faros presentes en el vehículo no exceda de 8 (no incluidas las luces de posición ni laterales) y a condición de que el total sea par. Si es necesario, pueden instalarse empotrados en el frontal de la carrocería o en la parrilla, pero las aperturas que se practiquen deberán ser tapadas completamente  por los faros. Los faros originales pueden dejarse inoperantes y pueden cubrirse con cinta adhesiva.

Se permite reemplazar un faro rectangular por dos circulares, o viceversa, montados sobre un soporte de las dimensiones del orificio y que lo tape completamente.

Se autoriza el montaje de una luz de marcha atrás, si es preciso por empotramiento en la carrocería, a condición de que solo  se encienda cuando la palanca de cambio está en  la  posición  de  "marcha  atrás" y bajo reserva de que se observen los Reglamentos de Tráfico a los que esté sujeta.

Si se prevé un nuevo soporte de la placa de matrícula con iluminación, el sistema original (soporte e iluminación) puede retirarse. Excepto en rallies, la iluminación de la placa no es obligatoria.

El  reglamento  particular  de  una  prueba podrá aportar derogaciones a las prescripciones anteriores.
 
5.9.- DEPÓSITO DE COMBUSTIBLE.

5.9.1.- La capacidad total de los depósitos de carburante no debe sobrepasar los límites siguientes, en función de la cilindrada del motor:

Hasta   700 cm3   60 l
Más de   700 a 1.000 cm3   70 l
Más de   1.000 a 1.400 cm3 80 l
Más de   1.400 a 1.600 cm3 90 l
Más de   1.600 a 2.000 cm3 100 l
Más de   2.000 a 2.500 cm3 110 l
Más de   2.500 cm3   120 l

Solamente  en  rallyes,  y  para  motores  de cilindrada superior a 1400 cm3, la capacidad está limitada a 95 l.

5.9.2.- El depósito puede reemplazarse por un depósito de seguridad homologado por la FIA (especificación FT3 1999, FT3.5 ó FT5), o por otro homologado por el constructor del  vehículo.  En  este  caso,  el  número  de depósitos es libre y deberán estar situados en el interior del maletero o en el lugar de origen.
Los depósitos colectores de una capacidad inferior a 1 litro son de construcción libre. Se pueden combinar, igualmente, los diferentes depósitos homologados (lo que incluye el depósito de serie) y los depósitos FT3 ó FT3 1999, FT3.5 ó FT5 siempre que sus capacidad total no exceda los límites determinados por el artículo 5.9.1.
La situación del depósito de origen solo se puede cambiar en los vehículos en los que el constructor lo ha situado en el habitáculo o cerca de los ocupantes. En este caso, se permite montar una protección estanca entre el depósito  y  los  ocupantes del vehículo, o bien, colocarlo en el maletero  y, si fuese necesario, modificar sus accesorios anexos (orificio de llenado, bomba  de  gasolina, tubo de rebose, etc.). En cualquier caso, estos desplazamientos de depósitos no pueden  dar lugar a otros  aligeramientos o refuerzos que los previstos por el artículo 5.7.1, pero la apertura que quede por la eliminación del  depósito de origen puede cerrarse con un panel.
Los orificios de llenado pueden estar situados en las ventanas.
Se puede montar un radiador en el circuito de carburante (capacidad máxima de un litro).

5.9.3.- La utilización de un depósito de carburante  de  capacidad  aumentada  podrá autorizarse por una ADN, con el acuerdo de la FIA, para las pruebas organizadas en condiciones geográficas especiales (por ejemplo, recorridos en un país desértico o tropical).

6. LIMITACIONES PARA VEHÍCULOS HOMOLOGADOS EN UNA VARIANTE KIT SUPER 1.600.

6.1.- DEFINICIÓN.
Una Variante Kit Super 1.600 (VK-S1.600) es una variante de un modelo de vehículo determinado, homologado previamente en Grupo A, y que por lo tanto, deberá estar construido como  un  vehículo  Grupo  A.  Los  vehículos admitidos son vehículos con tracción delantera y motores atmosféricos, con una cilindra máxima de 1.600 cm3  en variante kit.
Los elementos homologados en una Variante Kit Super 1.600 (VK-S1.600) deben usarse en su totalidad y no deben ser modificados.

6.2.- PESO.
El peso mínimo es de 1.000  Kg bajo las condiciones del art. 4.3 (y sólo con una rueda de repuesto).
El  peso  mínimo  combinado  del vehículo (bajo las condiciones del art. 4.3 y sólo con una rueda de repuesto) y equipo (piloto y copiloto) es 1.150 kg.
Cuando se lleven en el coche dos ruedas de repuesto, la segunda rueda deberá sacarse del vehículo antes del pesaje.

6.3.- LIMITACIONES.

6.3.1.- Motor:
a) Relación de compresión: La relación de compresión máxima es de 13:1.
La relación de compresión debe permanecer en este valor o por debajo de él en cualquier momento.
La superficie del pistón puede ser mecanizada con el único propósito de ajustar la relación de compresión.
b) Cualquier sistema de inyección de agua está prohibido.
c) Los  sistemas  de  distribución  variable están  prohibidos (calado y alzada de válvula).
d)    La geometría variable de los colectores de admisión y escape están prohibidos. Si el vehículo de serie está equipado con ellos, deben desactivarse. El espesor de los tubos del sistema de escape debe ser mayor o igual  a  0,9  mm, medidos  al nivel de las partes no dobladas.
Los  colectores  de admisión  y  escape deben  estar  homologados. El espesor de los tubos del sistema de escape debe ser mayor o igual a 0,9 mm, medidos al nivel de las partes no dobladas.
e) La velocidad de rotación del motor  está limitada a 9000 rpm.

6.3.2.- Transmisión:
a) Embrague: El diámetro mínimo  del embrague es de 150 mm para vehículos homologados antes de 01/01/2001; debe ser 184 mm para vehículos homologados después  de  01/01/2001,  y  para  todos  los vehículos a partir de 2002. El/los disco/s de fricción no deben estar construidos en carbono.
b) Caja de cambios: Solo puede homologarse una caja de cambios, con un máximo de seis marchas hacia adelante y una hacia atrás. Puede homologarse un único juego de seis relaciones y una marcha hacia atrás, así como tres relaciones de grupo. La carcasa de la caja de cambios debe estar fabricada  imperativamente  en  aluminio. El peso mínimo de la caja de cambios completa (caja de cambios completa  con  el  diferencial montado,  sin soportes, sin aceite, sin embrague, sin el accionamiento externo y sin los semiejes) es de 35 Kg.
c) Diferencial: Un diferencial mecánico de discos, de deslizamiento limitado, debe estar homologado; y es el único diferencial que puede utilizarse. "Diferencial mecánico de deslizamiento limitado" significa: cualquier sistema que trabaja de una forma exclusivamente  mecánica, es decir, sin la ayuda de un sistema hidráulico o eléctrico. Un embrague viscoso no se considera un sistema mecánico.
Todo diferencial con gestión electrónica está prohibido. El número y tipo de los discos es libre.

6.3.3.- Suspensión:
a) Barra estabilizadora: Las barras estabilizadoras ajustables desde el habitáculo están prohibidas.
b) Amortiguadores: Deben estar homologados; sólo está permitido un amortiguador por rueda. El sistema de refrigeración por agua debe estar homologado.

6.3.4.- Llantas y neumáticos:
a) Para rallyes de tierra, sólo pueden usarse llantas de 6"x15".
Para  rallyes  de  asfalto, sólo  pueden usarse llantas de 7"x17".
A partir de 01/01/2002, las Las llantas deben  estar  construidas  obligatoria- mente en aluminio fundido.
b) Se prohíbe el uso de cualquier dispositivo que permita al neumático conservar sus prestaciones con una presión interna igual o menor a la presión atmosférica. El interior del neumático (espacio comprendido entre la llanta y la parte interior del  neumático) sólo debe estar relleno con aire.

6.3.5.- Sistema de frenado:
Los únicos discos y pinzas de freno que pueden  utilizarse  son  los  que  figuran  en  la Variante Kit Super 1.600. El diámetro máximo de los discos de freno delanteros es de 300 mm para rallyes de tierra y de 355 mm para rallyes de asfalto. El diámetro máximo de los discos de freno traseros es de 300 mm.

6.3.6.-   Cualquier sistema electrónico de ayuda a la conducción (así como sus sensores) está prohibido (ABS/ASR/ESP ...).

Sólo un sistema de corte del encendido o de la inyección del motor está autorizado para el cambio de marcha en la caja de cambios.  Este sistema debe estar homologado.
Los  únicos  sensores  autorizados  para  la adquisición de datos son aquellos homologados en la extensión VK-S1600.

Cualquier otro sensor está prohibido.
De todas formas, la adición de un único sensor de velocidad en una rueda motriz está permitido. En cualquier caso, la información suministrada por este sensor no debe llegar a la centralita electrónica o a la unidad de adquisición de datos.
La transmisión de datos por radio y/o telemetría está prohibido.

6.3.7.- Carrocería:
a) Ningún vehículo homologado en una Variante Kit Super 1.600 (VK-S1.600) podrá tener una anchura superior a 1.805 mm.
b) El  ala  trasera (con excepción de sus soportes) deberá estar construido en fibra de vidrio.

6.3.8.- Material:
a) El uso de titanio y magnesio está prohibido, excepto para los elementos montados  en  el  modelo  de  serie  del  que deriva la extensión VK-S1.600.
El titanio está autorizado únicamente en los racores de conexión rápida del circuito de frenos.
b) Se autoriza el uso de carbono o kevlar a condición  de  que  se  utilice  una  sola capa de tejido y se fije sobre la parte visible del elemento.

6.3.9.- Jaula de seguridad:
Debe estar homologada por la FIA. Una sola jaula de seguridad puede utilizarse con la Variante Kit Super 1.600 (VK-S1.600); debe mencionarse en la información complementaria de la extensión VK-S1.600. Las especificaciones del tubo utilizado para el arco principal deben ser como mínimo: diámetro 45 mm, espesor 2,5 mm y resistencia a la tracción 50 daN/mm2.

6.3.10.- Depósitos de combustible:
Los depósitos de combustible deberán proceder de un constructor aprobado por la FIA (especificaciones mínimas FIA/ FT3 y FIA/FT3 1999). Estos depósitos deben estar homologados.

 

GRUPO N

 

1.- DEFINICIÓN.
Vehículos de turismo de gran producción en serie.

2.- HOMOLOGACION:
De estos vehículos deberán haberse producido, al menos, 2.500 unidades completamente  idénticas  en  12  meses  consecutivos  y homologadas  por  la  FIA  en  Vehículos  de Turismo (Grupo A).
Las variantes de suministro (VF) de las fichas de  Vehículos  de  Turismo  (Grupo  A)  son igualmente  válidas  en  los Vehículos  de Producción (Grupo N).
Todas las Variantes de Producción (VP) son válidas en Vehículos de Producción (Grupo N). Las variantes opcionales (VO) de la ficha de los Vehículos de Turismo (Grupo A)  no serán válidas  en  los  Vehículos  de  Producción (Grupo N), salvo que se refieran a:

. Volante motor para cajas de cambio automáticas.
. Depósitos de carburante.
. Cajas de cambio automáticas.
. Techo  practicable  (incluidos techos solares abatibles por encima de la línea del techo).
. Jaula de seguridad.
. Soportes y anclajes de los asientos.
. Puntos de fijación de los arneses.
. Versión 2/4 puertas.

Las Variantes Opción de Super Producción (SP) no serán válidas en Vehículos de Producción (Grupo N).
Deben usarse las variantes de opción (VO) específicas de Grupo N.

La utilización de depósitos homologados en VO en la ficha  de  Vehículos de  Turismo (Grupo A), debe hacerse en las condiciones previstas por el artículo 5.9.2 del reglamento de los Vehículos de Turismo (Grupo A) y el artículo 254.6.8.

Las evoluciones de tipo (ET), las variantes-kit (VK),  así  como  las  evoluciones  deportivas (ES) homologadas en Grupo A no son válidas en los Vehículos de Producción (Grupo N). No obstante, las evoluciones de tipo y las evoluciones deportivas homologadas a partir de 01.01.97 en Grupo A, son válidas en Grupo N.

3.- NÚMERO DE PLAZAS. Estos vehículos deberán tener, al menos, cuatro plazas, según las dimensiones definidas para los Vehículos de Turismo (Grupo A).

4.- MODIFICACIONES Y MONTAJES AUTORIZADOS U OBLIGATORIOS. Toda modificación no autorizada expresamente, está prohibida. Los únicos trabajos que se podrán efectuar sobre el vehículo serán los necesarios para su mantenimiento normal, o la sustitución de piezas deterioradas por el uso  o por accidente. Los límites de las modificaciones y montajes autorizados se especifican a continuación. Además de estas autorizaciones, toda pieza deteriorada por el uso o por accidente podrá reemplazarse por una pieza, de origen, idéntica a la pieza dañada.
Los vehículos deberán ser estrictamente de serie e identificables por los datos que figuran en la ficha de homologación.

5.- PESO MÍNIMO.

5.1.
Los vehículos deberán tener, al menos, el peso que aparece en su ficha de homologación.
Este es el peso real del vehículo vacío (sin personas o  equipaje  a  bordo),  sin  herramientas o gato y con un máximo de una rueda de repuesto.
En el caso de llevar a bordo dos ruedas de repuesto, la segunda rueda deberá ser retirada antes del pesaje. Todos los depósitos de líquidos (lubricación, refrigeración, frenado, calefacción, si ha lugar) deben estar al nivel normal previsto por el fabricante, excepto los depósitos del lavaparabrisas o lavafaros, sistema de refrigeración de frenos, de combustible y de inyección de agua que deberán estar vacíos.
Los faros suplementarios que no figuren en la ficha de homologación deberán retirarse antes del pesaje.

5.2.
En rallyes únicamente, el peso mínimo del vehículo (bajo las condiciones del artículo 5.1) con el equipo a bordo (piloto + copiloto +  equipamiento  completo  del  piloto  y  el copiloto) será: Peso mínimo definido por el art. 5.1 + 150 kg respectivamente. En cualquier caso, el peso definido por el artículo 5.1 debe respetarse también.

6.-

6.1.- Motor.
.  Los recubrimientos del motor construidos  en  plástico, que tengan la finalidad de cubrir los elementos mecánicos en el compartimento motor, pueden retirarse si únicamente tienen una función estética.
.  Se permite retirar el material insonorizante y los guarnecidos montados bajo el capó motor y no visibles desde el exterior.
.  Se permite reemplazar o duplicar el cable del mando del acelerador por otro, provenga o no del constructor. Este cable de repuesto debe ser un cable de emergencia, esto es, debe montarse en paralelo con el cable de acelerador de serie. Si el vehículo está
equipado con una palomilla de acelerador  motorizada, puede usarse un kit de acelerador  de accionamiento mecánico homologado en Grupo N.
.  Los tornillos y tuercas pueden cambiarse a condición de seguir siendo de un material ferroso.
.  Encendido:  La  marca y tipo  de  las bujías, limitador  de  revoluciones  y cables de alta tensión son libres.
La caja y las piezas de la centralita electrónica relativas al encendido son libres. No obstante, el sistema deberá ser  totalmente intercambiable con la unidad de origen.
El cableado original debe mantenerse y no puede ser modificado.
Los  sensores  y  actuadores  en  el  lado  de entrada deben ser los de origen, así como su función.
No se podrá añadir ningún sensor, incluso con la única finalidad de la obtención de datos.
Se  prohíbe  añadir  un  interruptor  en  el cableado original entre la unidad de control electrónica y un sensor y/o actuador.
En el caso en que un modelo esté equipado con  un  circuito  eléctrico multiplexado, se permite el uso de cableado junto con una unidad electrónica de control homologada como Variante Opción.
.  Cualquier  sistema  de  captación  de datos está prohibido, excepto si está instalado en el vehículo homologado.
Sólo el sistema de captación de datos que monte el vehículo de serie puede ser usado. En  ningún  caso  puede  ser  modificado  o registrar parámetros adicionales.
Se autoriza añadir solo los siguientes sensores: Temperatura de agua, temperatura de aceite, y régimen de motor.
Cada uno de estos sensores podrá ser conectado a uno o varios registradores (con posibilidad de memorizar los datos) por medio de una instalación completamente independiente de cualquier otra instalación.
.  Sistema de refrigeración: El termostato es libre, así como el sistema de control y la temperatura de arranque del ventilador.  El  sistema  de  bloqueo para el tapón del radiador es libre.
.  Carburadores:   Debe  mantenerse  el sistema  original.  Los  elementos  del carburador que controlan la cantidad de gasolina que entra en la cámara de combustión pueden modificarse, siempre  que  no  tengan  ninguna influencia sobre la admisión de aire. Se acepta la sustitución de los cartuchos del filtro del aire, siempre que sean como los de origen.
.  Inyección:  Debe mantenerse el sistema original. Los elementos del sistema de inyección situados aguas abajo del dispositivo de medición del caudal de  aire  que  regula  la  cantidad  de gasolina que entra en la cámara de combustión pueden modificarse, pero no suprimirse, siempre que no tengan ninguna influencia sobre la admisión de  aire.  El  interior  de  la  centralita electrónica para la inyección es libre. Las entradas de la centralita (sensores, actuadores, etc.), incluyendo su función, deben ser las de serie.
Se prohíbe añadir un interruptor en el cableado original entre la unidad de control electrónica y un sensor y/o actuador.
Las salidas de la centralita electrónica deben mantener sus funciones de origen  según la ficha de homologación. En  el  caso  en  que  un  modelo  esté equipado  con  un  circuito  eléctrico multiplexado,  se  permite  el  uso  de cableado junto con una unidad electrónica de control homologada como Variante Opción.
Será necesario asegurarse que los sensores usados por un vehículo equipado con un circuito eléctrico multiplexado  pueden conservarse  con  el cableado homologado.
Los inyectores pueden modificarse o sustituirse con el fin de modificar su caudal, pero sin modificar su principio de funcionamiento o sus anclajes.
La rampa de inyección puede reemplazarse por otra de libre diseño pero dotada de conectores roscados destinados a conectar las canalizaciones y el regulador de presión de gasolina, siempre y cuando la fijación de los inyectores sea idéntica a la de origen. Se acepta la sustitución de los cartuchos del filtro del aire, siempre que sean como los de origen.
.  Lubricación: Se autoriza la instalación de tabiques en el cárter de aceite. Se acepta la sustitución de los cartuchos del filtro de aceite, siempre que sean como los de origen.
Para los motores equipados de turbocompresor se pueden reemplazar las canalizaciones  de lubricación del turbo compresor por canalizaciones que estén conformes al artículo 253-3.2. Estas canalizaciones puedes igualmente estar equipadas de conexiones rápidas.
Los soportes del motor y de la caja de cambios deben ser originales u homologados.
Si los soportes son los originales, el material de la parte elástica es libre.
.  Escape: Será posible:
-  O bien retirar el interior del silencioso de origen;
-  O bien modificar el escape desde el primer  silencioso  hasta  la  salida,  el diámetro  exterior  máximo  del  conducto será el del tubo situado aguas arriba del primer silencioso (ver dibujo 254-3 y punto 328p de la ficha de homologación de Grupo N).




Si el conducto original aguas arriba del primer silencioso es doble, el diámetro  exterior  máximo  del  nuevo conducto  debe  corresponder  a  la misma sección que la de los dos tubos. Para los coches equipados de turbocompresor se permite  modificar  el escape a partir de la placa de fijación del escape sobre el turbocompresor, la sección máxima del escape siendo el diámetro de serie el de entrada al primer silencioso. La adición entre la placa de fijación del escape sobre el turbocompresor y  el conducto  de escape podrá ser cónico. En el caso de que  existan  dos  entradas  al  primer silencioso, la sección del conducto modificado debe ser menor o igual que el total de las dos secciones originales. En la salida deberá haber un solo tubo, excepto si se usa la pieza de  origen.  La  salida  deberá  estar situada en la misma posición que en el escape de origen.
Estas  libertades no deben entrañar ninguna modificación de la carrocería y  deben  respetar la legislación del país de la prueba en lo que concierne a los niveles sonoros.
Las  piezas suplementarias  para  el montaje del escape están autorizadas. Un silencioso es una parte del sistema de escape, destinado a reducir el nivel del ruido de escape del vehículo. La sección transversal del silencioso debe ser al menos el 170%  del  tubo  de entrada y  contener  material  absorbente del ruido. El material absorbente del ruido debe tener la forma de un tubo perforado en un 45% o de un envase sintético.
La longitud del silencioso debe estar comprendida entre 3 y 8 veces su diámetro de entrada.
El silencioso debe ser una pieza soldada a un tubo, pero el tubo no se considerará parte del silencioso.
El convertidor catalítico es considerado  como  un  silencioso  y  puede  ser desplazado.

Después  del  catalizador,  el  escape será libre con un diámetro máximo del tubo igual al de la salida del catalizador.
Todos los vehículos deberán estar equi- pados con un catalizador de escape original u homologado, si éste es obligatorio en el país en el que están matriculados, debiendo respetar el nivel de ruido definido en el artículo 252-3.6.
El catalizador podrá quitarse si no es obligatorio en el país organizador.
-  Junta de culata:  El material es libre, pero no el espesor.
- Controlador de la velocidad de crucero: Este controlador puede desconectarse.
- Solamente en rallyes:
El número de cilindros se limita a 6. Para motores atmosféricos, la cilindrada se limita como sigue:

a) Motores atmosféricos:
- 3 l máximo para dos válvulas por cilindro.
- 2,5 l máximo para más de dos válvulas por cilindro.

b) Motores sobrealimentados:
La cilindrada nominal se limita a un máximo de 2.500 cm3. El sistema de sobrealimentación debe ser como el del motor homologado.
Todos los vehículos sobrealimentados deben estar equipados con una brida fijada a la carcasa del compresor. Todo el aire necesario para la alimentación del motor debe pasar a través de esta brida, que deberá respetar lo siguiente: El diámetro máximo interior de la brida es de 32 mm mantenido sobre una longitud mínima de 3 mm, medido aguas abajo de un plano perpendicular al eje de rotación situado a un máximo de 50 mm aguas arriba de un plano que pase por los extremos más aguas arriba de los álabes de la rueda (ver dibujo 254-4).




Este diámetro debe respetarse independientemente de las condiciones de temperatura.
El diámetro exterior de la brida a nivel del cuello, debe ser inferior a 38 mm, y debe mantenerse sobre una longitud de 5 mm a cada lado de este.
El montaje de la brida sobre el turbocompresor debe hacerse de tal manera que sea necesario retirar completamente dos tornillos del cuerpo del compresor, o de la brida, para poder desacoplar la brida del compresor. El anclaje por tornillos de punzón no está autorizado. Para la instalación de esta brida, se permite retirar material de la carcasa del compresor, y añadirlo, con el único propósito de fijar la brida sobre la carcasa del compresor.
Las cabezas de los tornillos de fijación deben taladrarse para que puedan ser precintadas.
La brida debe estar hecha de un único material y solo puede taladrarse con el fin de instalarla y precintarla, que debe poder hacerse entre los tornillos de fijación, entre la brida (o la fijación brida / carcasa del compresor), la carcasa del compresor (o la fijación carcasa / placa de cierre) y la carcasa de la turbina (o la fijación carcasa / placa de cierre) (ver dibujo 254-4).

En el caso de un motor con dos compresores en paralelo, cada compresor está limitado a un diámetro de entrada máximo de 22,6 mm.

- Motor diesel:
Para  vehículos  con  motores  Diesel, la brida debe tener un diámetro interno máximo  de  35  mm  y  una  dimensión externa de 41 mm, en las condiciones fijadas  anteriormente (este diámetro puede ser revisado sin previo aviso).
En el caso de un motor equipado con dos compresores en paralelo, cada compresor debe ser limitado por una brida de  diámetro interior  máximo  de  22,7 mm, y un diámetro exterior máximo de 28,7 mm, en las condiciones descritas anteriormente.
Esta brida, obligatoria en rallyes y en el Campeonato  de  Europa  de  Montaña, no está prohibida en otras pruebas, si un concursante decidiera utilizarla.

6.2.- Transmisión.

6.2.1.- Embrague:
El disco es libre, incluyendo el peso, salvo en lo que concierne al número. El diámetro del disco del embrague puede incrementarse.

6.2.2.- Caja de cambios:
El interior de la caja de cambios es libre.
El número de dientes y relaciones de cambio homologadas en Grupo N debe mantenerse. Las rótulas del varillaje de accionamiento de la caja de cambios es libre.
Debe conservarse la forma de la rejilla de selección de la palanca de cambios del vehículo homologado.

6.2.3.- Diferencial:
Se permite el uso de un diferencial mecánico de deslizamiento limitado, siempre que pueda instalarse en el alojamiento de serie y que esté homologado en Variante opción (VO).
El ángulo de las rampas y el número de discos no pueden ser modificados con respecto al diferencial de serie o el diferencial homologado en VO. De todas formas, el espesor de los discos sí puede modificarse.
Para permitir su montaje, puede ser modificado el interior de la carcasa del diferencial original.
"Diferencial  mecánico  de  deslizamiento limitado" es un sistema que trabaja de una forma puramente mecánica, es decir, sin la ayuda de un sistema hidráulico o eléctrico.
Un diferencial viscoso no se considera como un sistema mecánico.
Si el vehículo homologado está equipado con un diferencial viscoso, este podrá mantenerse pero no añadirse otro diferencial.
Si el vehículo está originalmente equipado con un diferencial controlado por un sistema electrónico, la unidad de control electrónico es libre, pero deberá ser totalmente intercambiable con la unidad de origen (es decir, el diferencial debe funcionar cuando la unidad se reemplace por la de serie).
Los sensores y actuadotes de entrada deben ser los de origen, así como su función.
No se puede añadir ningún sensor, ni siquiera con la finalidad de captación de datos.
El cableado no puede ser modificado.

6.2.4.- Semiárboles:
Deben ser originales u homologados en Variante Opción (VO).

6.3.- Suspensión.
La modificación de los reglajes de los resortes y/o amortiguadores desde el habitáculo está prohibido.
Se permite reforzar de los elementos estructurales de la suspensión (con la excepción de barras  estabilizadoras)  y  sus puntos  de anclaje mediante la adición de material.
Los refuerzos de suspensión no deben crear secciones cóncavas y no deben permitir a dos partes separadas ser unidas para formar una sola.
.  Muelles:  Los  asientos  de  los  muelles pueden ser ajustables, si la pieza ajustable forma parte del asiento y es distinta de otras piezas originales de la suspen- sión y del chasis (puede retirarse).
.  Muelles  helicoidales:  La  longitud  es libre, así como el número de espiras, el diámetro del hilo, el diámetro exterior, el tipo de muelle (progresivo o no) y la forma de los asientos del muelle.
El número de muelles y los asientos del muelle son libres con tal que los muelles estén montados en serie.
.  Ballestas: La longitud es libre, así como la anchura, el espesor y la curvatura vertical.
.  Barras de torsión: El diámetro es libre. Estas libertades sobre los resortes de la suspensión no autorizan a incumplir  el  artículo  205 de la ficha de homologación (altura  mínima  del centro del cubo de la rueda, apertura del paso de rueda).
.  Amortiguadores:  Libres, siempre que se mantenga su número, su tipo (telescópico, de brazo, etc.), su principio de funcionamiento  (hidráulico,  de  fricción, mixto, etc.) y sus puntos de anclaje. Los depósitos de los amortiguadores podrán fijarse sobre la carrocería, sin modificar, del vehículo. Si los amortiguadores  tienen reserva de fluido separada localizada en el habitáculo, o en el maletero si este no está separado del habitáculo, éstas deben estar sólidamente fijadas y deben estar cubiertas por una protección.
Un "silent-block" puede sustituirse por una articulación "Uniball", pero solo en el caso de que el amortiguador no tenga función de guiado.
Únicamente para rallyes en el continente africano, un "silent-block" puede reemplazarse por una articulación "Uniball", incluso si el amortiguador tiene una función de guiado. Los amortiguadores de gas se considerarán, a efectos de su principio de funcionamiento, como amortiguadores hidráulicos. Amortiguador de suspensión tipo McPherson: En el caso de que para sustituir un elemento de suspensión tipo McPherson o de una suspensión que funcione de manera idéntica, sea necesario cambiar el elemento telescópico y/o tirante de suspensión (amortiguador y sistema de conexión al portamangueta), las nuevas piezas deben ser mecánicamente quivalentes a las piezas de origen y tener los mismos puntos de anclaje.
La forma de los asientos de los muelles en las  suspensiones  McPherson  es  libre.  Su material es libre.
En el caso de una suspensión oleoneumática,  las  esferas  podrán  cambiarse  en  sus dimensiones, forma y material, pero no su número. Puede instalarse sobre las esferas una  llave  regulable  desde  el  exterior  del vehículo.
.  Silent  blocks:  El  elastómero  de  un silent block únicamente puede reemplazarse por un elastómero (dureza máxima 80 Shores).

6.4.- Ruedas y neumáticos.

6.4.1.- Ruedas:
Las ruedas son libres, respetando el diámetro máximo homologado (artículo 801.a) y la  anchura  máxima  homologada  (artículo 01.b) que se considera un máximo.
Se permite el uso de ruedas con menores dimensiones. Las ruedas hechas en magnesio forjado están prohibidas (ruedas de origen incluidas).
Deben estar cubiertas por las aletas (mismo sistema de verificación que en Grupo A, artículo 255.5.4) y debe respetarse la vía máxima indicada en la ficha de homologación. La rueda de repuesto podrá desplazarse al interior del habitáculo, a condición de que esté sólidamente fijada y de que no esté instalada en el espacio reservado a los ocupantes. El cambio de las fijaciones de las ruedas, de tornillos a espárragos y tuercas, podrá hacerse a condición de respetar el número de puntos de anclaje y el diámetro de las partes roscadas como se indica en el dibujo 254-1.




Los extractores de aire, añadidos sobre las ruedas, están prohibidos.

6.4.2.- Neumáticos:
Los  neumáticos  son  libres  a  condición  de que puedan montarse sobre estas ruedas.
Se prohíbe el uso de cualquier dispositivo que permita a un neumático conservar sus prestaciones con una presión interna igual o menor a la presión atmosférica. El interior del neumático (espacio comprendido entre la llanta y la parte interna del neumático) debe llenarse únicamente con aire.

6.4.3.- Rueda de repuesto:
La(s) rueda(s) de repuesto es(son) obligatoria(s) si se mencionan en la ficha de homologación. La rueda de repuesto podrá desplazarse al interior del habitáculo, a condición de que esté firmemente fijada y que no esté instalada en la zona destinada a los ocupantes.

6.5.- Sistema de frenado.
Con excepción de las  modificaciones autorizadas en este artículo, el sistema de frenado debe ser original u homologado en Variante Opción (VO).
La unidad de control electrónico del sistema de frenos es libre, pero deberá ser totalmente intercambiable con la unidad de origen (es decir, el sistema de frenos debe funcionar cuando la unidad se reemplace por la de serie).
Los sensores y actuadotes de entrada deben ser los de origen, así como su función.
No se puede añadir ningún sensor, ni siquiera con la finalidad de captación de datos.
El cableado no puede ser modificado.
Los forros de freno son libres, así como su fijación (remachado, pegado, etc.), a condición de que la superficie de rozamiento no aumente.
Las chapas de protección podrán retirarse o doblarse.
En el caso de vehículos equipados con servofreno, este dispositivo puede desconectarse o reemplazarse por el kit homologado en VO. Lo mismo se aplica a los sistemas antibloqueo de frenos.  Si el sistema antibloqueo de frenos (ABS) se desconecta o suprime, se autoriza el uso de un distribuidor de frenada trasera mecánico homologado por el fabricante como VO.
Se permite añadir un resorte en los pistones de las pinzas y reemplazar las juntas y los guardapolvos de las pinzas.
Las conducciones de freno pueden cambiarse por conducciones tipo aviación.
Se puede añadir un dispositivo para eliminar el barro que se acumule sobre los discos de freno y/o las llantas.

6.5.1.- Freno de mano:
Puede reemplazarse el freno de mano mecánico por un sistema hidráulico homologado en Grupo N, pero en este caso un circuito de frenos en diagonal (en X) es obligatorio.

6.6.- Dirección.
Las canalizaciones que unen la bomba de dirección asistida a la cremallera de dirección pueden reemplazarse por canalizaciones conforme al Art. 253-3.2.

6.7.- Carrocería.

6.7.1.- Exterior:
Los embellecedores de rueda deben retirarse. Se  pueden  montar  protectores  de  faros, siempre que su única función sea cubrir el vidrio del faro, sin influir en la aerodinámica del vehículo.
El montaje de protecciones inferiores solo se autoriza en rallies, a condición de que sean realmente  protecciones que respeten  la altura mínima al suelo, que sean desmontables y que estén concebidas exclusiva y específicamente con  el fin de proteger los elementos siguientes: motor, radiador, suspensión, caja de cambios, depósito, transmisión, dirección, escape y botellas de los extintores. Las  protecciones  inferiores  pueden  extenderse toda la anchura de la parte inferior del paragolpes delantero sólo por delante del eje delantero.

Los puntos de anclaje de los paragolpes delantero y trasero no pueden modificarse (no se autorizan puntos de anclaje adicionales).
Se puede utilizar cualquier sistema para bloquear el tapón del depósito de gasolina.
Se autoriza el cambio de las escobillas limpiaparabrisas delanteras y traseras.
Las  piezas  de  insonorización  en  plástico pueden retirarse del interior de los pasos de rueda.  Esas piezas de plástico pueden reemplazarse por elementos en aluminio o en plástico con la misma forma.
Pueden retirarse los elementos de protección  en  plástico  fijadas  bajo la carrocería (recorridas por el flujo de aire).

6.7.2.- Habitáculo:
Los  asientos  delanteros pueden  retrasarse pero no más allá del plano vertical definido por el borde delantero del asiento trasero de origen.
El límite relativo al asiento delantero está constituido por la altura del asiento sin reposacabezas, si el reposacabezas está integrado en el asiento, por la parte más atrasada de los hombros del conductor.
Los asientos traseros pueden retirarse.
Los cinturones de seguridad traseros pueden retirarse.

6.7.2.1.
En el caso de instalar el depósito de combustible en el maletero y que se hayan retirado los asientos traseros, un panel resistente al fuego y estanco deberá separar el habitáculo del depósito.
En el caso de vehículos de dos volúmenes, será posible utilizar una pared no estructural de plástico estanca transparente e ininflamable entre el habitáculo y el emplazamiento del depósito.

6.7.2.2.- Salpicadero:
El salpicadero y la consola  central  deben permanecer de origen.

6.7.2.3.- Puertas-revestimientos laterales:
Se permite retirar el material de insonorización de las puertas, siempre que no se modifique su aspecto.
a) Se permite retirar el guarnecido de las puertas así como las barras de protección  lateral con el fin de instalar un panel de protección lateral construido en  material  compuesto.  La  configuración mínima de este panel deberá estar conforme con el dibujo 255-14.




b)  En el caso en el cual la estructura original de las puertas no haya sido modifi- cada (supresión aunque sea parcial de las barras o de los refuerzos), los paneles de las puertas pueden hacerse de chapa metálica de 0,5 mm de espesor mínimo, de fibra  de  carbono  de  al menos 1 mm de espesor o de otro material sólido y no inflamable de 2 mm de espesor como mínimo.
Las normas antes mencionadas se aplican igualmente para los revestimientos situados bajo las ventanas laterales traseras en los vehículos de dos puertas.
La altura mínima del panel de protección lateral de las puertas debe extenderse desde la base de la puerta a la altura máxima de la traviesa de la puerta.
Se permite sustituir un elevalunas eléctrico por un elevalunas manual.
Se  permite sustituir un elevalunas manual por un elevalunas eléctrico.

6.7.2.4.- Suelo:
Las alfombrillas son libres y pueden retirarse.

6.7.2.5.
Otros materiales de insonorización y guarnecidos:
Se permite retirar los materiales de insonorización y los guarnecidos, excepto los mencionados en los artículos 6.7.2.3. (Puertas) y 6.7.2.2.- Salpicadero.

6.7.2.6.- Sistema de calefacción:
El  sistema  de  calefacción  de  origen  debe mantenerse.
Pueden  quitarse  los  siguientes  elementos del aire acondicionado: condensador y ventilador auxiliar, depósito del fluído, evaporador y ventilador del evaporador, válvula de expansión, así como todos los tubos, las conexiones, interruptores de contacto, sensores y actuadores necesarios para el funcionamiento del sistema.
Sólo si el sistema de accionamiento es completamente  independiente  de  cualquier otro dispositivo puede retirarse el compresor del aire acondicionado. Si ese no es el caso,  la  eliminación  de  dicho  compresor debe ser homologada en VO.
El compresor puede dejarse inoperante. Si ciertos elementos son comunes al sistema de calefacción, deben mantenerse.

6.7.2.7.
Puede retirarse la bandeja trasera desmontable de los vehículos dos volúmenes.

6.7.3.- Accesorios adicionales:
Se  autorizan,  sin  restricciones,  todos  los accesorios  que  no  tengan  ningún  efecto sobre el comportamiento del vehículo, tales como los que afectan a la estética o a la comodidad  interior  (iluminación,  calefacción, radio, etc.).

Estos accesorios no podrán, en ningún caso, ni siquiera indirectamente, aumentar la  potencia  del  motor, o tener influencia sobre la dirección, la transmisión, los frenos o la estabilidad.
La función de todos los mandos deberá ser la  prevista  por el constructor. Se permite adaptarlos para hacerlos más utilizables o más fácilmente accesibles, como por ejemplo, una palanca del freno de mano más larga, una placa adicional en el pedal de freno, etc.

Se permite lo siguiente:
1) Los instrumentos de medida, velocímetros, etc., pueden instalarse o sustituirse,
con  funciones  eventualmente  diferentes.  Tales instalaciones no deben entrañar riesgos. Sin embargo, el velocímetro no podrá retirarse, si el reglamento particular de la prueba lo prohíbe.
2) La bocina puede cambiarse o añadirse otra adicional al alcance del pasajero. La bocina no es obligatoria en carreteras cerradas.
3) El mecanismo de bloqueo de la palanca de freno de mano puede cambiarse con el fin de obtener un desbloqueo instantáneo (freno de mano "fly-off").
4) El volante de la dirección es libre. El sistema de bloqueo antirrobo de dirección puede dejarse inoperante.
El  mecanismo  de  retirada  rápida  del volante  debe  consistir en un collarín concéntrico al eje del volante, coloreado amarillo por medio de anodización o cualquier otro revestimiento duradero, e instalado en la columna de dirección por detrás del volante.
El sistema de retirada debe ser operado tirando del collarín siguiendo el eje de la dirección.
5) Se   permite añadir compartimentos suplementarios a la guantera y bolsillos adicionales en las puertas, siempre que se usen los paneles de origen.
6) Se pueden añadir paneles de material aislante para proteger a los pasajeros o piezas del fuego o el calor.

6.7.4.- Refuerzos:
Pueden montarse barras de refuerzo sobre los puntos de anclaje de la suspensión a la carrocería o al chasis de un mismo eje, a cada lado del eje longitudinal del vehículo, a  condición  de  que  sean  desmontables y estén atornillados.

La distancia entre un punto de anclaje de la suspensión  y  un  punto de anclaje  de  la barra no puede ser superior a 100 mm, salvo si se trata de una barra transversal homologada con la jaula y salvo en el caso de una barra superior fijada a una  suspensión McPherson o similar. En este último caso, la distancia máxima entre un punto de anclaje de la barra y el punto de articulación superior será de 150 mm (dibujos 255-4 y 255-2). Fuera de estos puntos, esta barra no debe anclarse sobre la carrocería o los elementos mecánicos.






Se permite el refuerzo de la parte suspendida a condición de que el material utilizado siga la forma original y este en contacto con ella.

6.7.5.
Cuando la rueda de repuesto esté situada originalmente en un alojamiento cerrado, y cuando esta rueda se sustituya por una más ancha (ver artículo 6.4) situada en este alojamiento, es posible eliminar de la tapa del emplazamiento de la rueda la  superficie inducida por el diámetro de la nueva rueda
( dibujo 254-2).

6.8.- Sistema eléctrico.
.  Batería:  La marca, la capacidad y los cables de la batería son libres. La tensión y el emplazamiento deben conservarse.
Se  permite  un  desconectador  de  la batería en el habitáculo.
.  Generador: Se autoriza la sustitución por un generador de mayor potencia. Una dinamo no puede sustituirse por un alternador, ni viceversa.
.  Sistema de iluminación: Se autorizan faros  suplementarios  incluidos  sus relés  correspondientes, a condición de no sobrepasar un total de ocho faros (no incluidos los pilotos de posición) y de que esto sea aceptado por las leyes del país.
No se podrán instalar por empotramiento. El número de faros y luces exteriores deberá ser par.
Los faros de origen pueden dejarse inoperantes  y  pueden  cubrirse  con cinta adhesiva. Pueden reemplazarse por otros respetando  este  artículo. Está autorizado el montaje de una luz de marcha atrás con la condición de que solo pueda utilizarse cuando la palanca de cambios se encuentre en la posición de "marcha atrás" y siempre que se observen los Reglamentos de Circulación.
.  Se permite añadir fusibles al circuito eléctrico.

6.9.- Circuito de carburante.
Si el depósito de origen está equipado con una bomba eléctrica y un filtro interior, es posible, en caso de utilizar un depósito FT3 1999, FT3.5 ó FT5 u otro depósito homologado por el fabricante en la ficha de homologación del vehículo, situar en el exterior un filtro y una bomba de características idénticas a la homologada. Estas piezas deberán estar protegidas de forma adecuada.
Se  autoriza  el  montaje  de  una  segunda bomba de combustible, pero debe ser una bomba de repuesto, es decir, no puede funcionar junto con la bomba autorizada. Sólo debe  conectarse  cuando  el  vehículo  esté inmóvil y por medio de un sistema puramente mecánico, situado junto a las bombas.
Los  orificios  de  llenado no  podrán  estar situados en las lunas.
Si se utiliza un depósito FT3 1999, FT3.5 ó FT5  las  canalizaciones de gasolina deben cambiarse por canalizaciones de tipo aviación, el recorrido de estas canalizaciones es libre.
En el caso de utilizar el depósito de serie, este cambio es opcional.
La capacidad total de los depósitos no debe exceder de la indicada en el artículo 401.d de la ficha de homologación de Grupo N, excepto en rallies si el vehículo está equipado con depósitos FT3 o FT3 1999. En este caso, la capacidad total de los depósitos de carburante  no  debe exceder los límites siguientes en función de la cilindrada del motor:

Hasta 700 cm3   60 l.
Más de 700 a 1.000 cm3 70 l.
Más de 1.000 a 1.400 cm3 80 l.
Más de 1.400 cm3 95 l.

Para vehículos de dos volúmenes homologados a partir de 01/01/98, con un depósito de combustible instalado en el compartimento del equipaje, una caja resistente al fuego y estanca debe rodear al depósito de combustible y sus orificios de llenado.
Para vehículos de tres volúmenes homologados a partir de 01/01/98, un panel resistente al fuego y estanco debe separar el habitáculo y el depósito de combustible. No obstante se recomienda que este panel estanco se sustituya por una caja estanca como en los vehículos de dos volúmenes.

6.10.- Gato.
Los puntos de levantamiento pueden reforzarse, trasladarse o aumentarse su número. Estas modificaciones están limitadas exclusivamente a los puntos de levantamiento.

6.11.- Estructuras de seguridad.
Este artículo se aplica a todas las estructuras de seguridad en conformidad con los artículos 253.8.4 y 253.8.5 para vehículos con una cilindrada  corregida  de  más  de  2  litros, homologados a partir del 1 de enero de 2006:

Especificaciones del tubo usado para el arco principal: diámetro mínimo 45 mm, espesor mínimo 2,5 mm, (ó 50 x 2 mm) resistencia mínima a la tracción 35 daN/mm2.
Los tubos usados para la estructura de seguridad deberán tener un diámetro mínimo de
35 mm y un espesor mínimo de 1,5 mm.
La longitud máxima de todos los tubos de menos de 40 mm en conjunto no debe ser mayor de 15 m.
La estructura de seguridad debe componerse de los siguientes elementos:

.  Arco principal
.  Arco delantero
.  Arco lateral o semi arco lateral
.  Refuerzos  en  las  puertas, en cada lado, en conformidad con los dibujos 253-8 ó 253-12 ó 253-17 y 253-17D y 253-17B
.  Dos miembros posteriores
.  Refuerzos en el techo en conformidad con dibujos 253-9A ó 253-9B ó 253-9C
.  Dos miembros diagonales en conformidad con los dibujos 253-4 ó 253-5
.  Refuerzo  diagonal  en  conformidad con el dibujo 253-3
.  Refuerzo de curvas y uniones en con- formidad con el dibujo 253-10








En proyección frontal, los refuerzos de  las  curvas  y  las  uniones  de  las esquinas superiores del arco delantero deben ser visibles sólo a través del área  del  parabrisas  descrito  en  el dibujo 253-17E.




Los miembros adicionales de refuerzo de la estructura deben tener un espesor mínimo de 1mm y un diámetro mínimo de 30mm.

7.- VEHÍCULOS CON UNA CILINDRADA CORREGIDA SUPERIOR A 2 LITROS.
El siguiente artículo se aplicará sólo a los vehículos con una cilindrada corregida superior a 2 litros.

7.1.- Motor.

7.1.1.- Volante motor:
Se  permite  emplear  un  volante  motor homologado como VO de Grupo N.

7.1.2.- Sistema de refrigeración:
Se permite emplear conducciones homologadas como VO de Grupo N.

7.1.3.- Adquisición de datos:
Se  autoriza  un  sistema  de  adquisición  de datos, incluso si el vehículo de serie no lo equipa.

Debe estar conectado sólo a:

.  Los sensores de serie
.  Se permite añadir los siguientes sensores: temperatura de líquido refrigerante, temperatura de aceite, presión de aceite y régimen del motor.
Se prohíbe cualquier intercambio de datos  con  el  vehículo excepto mediante una conexión por cable o una tarjeta.

7.1.4.- Sistema 'Anti-lag':
Se permite añadir un interruptor y un cableado eléctrico con el único propósito de activar el sistema 'Anti-lag'.

7.2.- Transmisión.

7.2.1.-  Embrague:
Se permite emplear el mecanismo del plato de presión del embrague así como el meca- nismo   de   accionamiento homologados como VO de Grupo N.

7.2.2.- Mecanismo de accionamiento de la caja de cambios:
Se permite emplear el mecanismo de accionamiento homologado como VO de Grupo N.

7.2.3.- Diferenciales delantero y trasero: Solo se autorizan diferenciales de tipo mecánico de deslizamiento limitado de discos. Los diferenciales de tipo mecánico de deslizamiento limitado de discos deben:
-  O bien proceder del modelo de serie
-  O  ser  homologados  como VO de Grupo N.
Un diferencial de tipo mecánico de deslizamiento  limitado  es  cualquier sistema que
trabaja exclusivamente de modo mecánico, es  decir,  sin  la  asistencia  de  otro sistema hidráulico o eléctrico.
Un embrague viscoso no se considera un sistema mecánico.
Cualquier diferencial con control electrónico está prohibido. El número y el tipo de discos es libre.

7.3.- Suspensión.

7.3.1.- Placas superiores de suspensión:
Se permite emplear placas de suspensión superiores homologadas como VO de Grupo N.

7.3.2.- Barras antibalanceo:
Se permite emplear diámetros de  barras antibalanceo  homologados como VO de Grupo N.

7.4.- Frenos.

7.4.1.- Discos de freno:
Se permite emplear discos de freno homologados como VO de Grupo N.

7.4.2.- Pinzas de freno:
Se permite emplear pinzas de freno homologadas como VO de Grupo N.

 

 

 

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